La Corte Suprema avaló el DNU de Milei y liberó la venta de tierras a extranjeros

Nacionales30/09/2026Periodismo AnimalPeriodismo Animal
En un vuelco definitivo para el régimen de propiedad rural y la soberanía territorial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto las restricciones históricas a la venta de tierras rurales a extranjeros. Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata que mantenía suspendido el artículo 154 del megadecreto 70/23 dictado por el presidente Javier Milei.
La resolución judicial se basó en una cuestión técnica fundamental: la falta de legitimación activa del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). Según los magistrados, la entidad demandante no logró acreditar la existencia de un "caso o controversia" constitucional concreto, rechazando así su pretensión de litigar invocando la defensa de la soberanía nacional como un bien colectivo. 
Al evitar pronunciarse sobre la validez constitucional de fondo del DNU, la Corte tomó distancia del debate legislativo, pero generó un impacto práctico inmediato. La sentencia elimina el límite histórico del 15% de tenencia extranjera sobre el suelo argentino, así como los topes por provincia y las restricciones específicas en zonas de frontera. 
A partir de este fallo, el mercado de adquisición de tierras rurales queda completamente desregulado. Esto habilita a personas físicas, corporaciones jurídicas y Estados extranjeros a comprar superficies en el territorio nacional sin ningún tipo de tope legal, reconfigurando por completo el mapa geopolítico y el esquema de inversiones del país.
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