La Corte de Justicia de Salta respaldó la facultad del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP) para fiscalizar los servicios de agua y saneamiento en urbanizaciones cerradas, al rechazar una acción de inconstitucionalidad de cuatro desarrollos inmobiliarios de San Lorenzo.
El conflicto se originó por las Resoluciones 642/22 y 643/22 de 2022, que exigían a los countries registrarse, garantizar agua potable, tratar efluentes cloacales y contratar seguros de responsabilidad civil. Los barrios Santa María de la Aguada, Praderas de San Lorenzo, Jardines de San Lorenzo y Valle Escondido cuestionaron la medida por supuesta extralimitación de funciones. Sin embargo, la Corte determinó que quienes prestan servicios públicos deben someter el recurso al control estatal conforme al Código de Aguas.
Con este fallo, los complejos deberán adecuar sus plantas y aplicar sistemas de medición para controlar el consumo real de cada vivienda.