
El Tribunal Oral Federal 2 puso un freno a las constantes manifestaciones frente a la residencia de Cristina Kirchner en San José 1111, donde cumple prisión domiciliaria por el caso Vialidad. El magistrado Rodrigo Giménez Uriburu consideró que un reciente episodio rebasó la militancia política y afectó las pautas legales de la detención.

Durante un acto presidido por la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, el pasado 14 de junio, un grupo de militantes colgó una bandera gigante con la inscripción “De San José 1111 a la Rosada”. El despliegue, que motivó la posterior advertencia, cruzó la calle desde un inmueble lindero hasta el balcón donde la exjefa de Estado cumple prisión domiciliaria.
A diferencia de las concentraciones anteriores que fueron permitidas como respaldo político, el tribunal advirtió un quiebre en esta movilización. El fallo destaca que no fue una simple protesta callejera, sino una acción directa que utilizó la residencia de detención para sostener la estructura montada.
La consecuencia inmediata no fue la revocación de la prisión domiciliaria, sino una intimación formal que deja asentado un antecedente dentro del expediente, por lo que, si se repitiera una conducta similar, el tribunal podría considerar que ya no se trata de un hecho aislado, sino de un incumplimiento reiterado de las reglas fijadas para cumplir la condena en su domicilio.
Ese es el límite que podría llevar el caso a un escenario más grave: la ley de ejecución penal establece que la detención domiciliaria puede ser revocada cuando el condenado quebranta injustificadamente la obligación de permanecer en el domicilio fijado, cuando la supervisión así lo aconseja o cuando se modifican las condiciones que permitieron conceder esa modalidad.


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