
Este miércoles la fiscalía y la defensa expondrán sus alegatos de clausura ante los doce miembros titulares del jurado y los cuatro suplentes.

Según establece la ley, durante los alegatos de clausura, las partes no podrán dar fe por ellas mismas de la credibilidad de los testigos, ni dar sus opiniones personales sobre el caso, ni hacer comentarios sobre prueba excluida o no admitida en el juicio, ni alterar la ley o los derechos de las partes que el Juez explica en las instrucciones, ni exhortar al jurado a que decidan el caso por fuera de la ley o de la prueba producida en el debate. El orden de los alegatos será el siguiente: el representante del Ministerio Público Fiscal, los otros acusadores y luego él o los defensores del imputado. Podrán replicar al sólo efecto de refutar argumentos adversos a su postura que antes no hubieran sido discutidos”.
Luego, una vez finalizada la etapa, el juez preguntará al imputado si tiene algo que manifestar y cerrará el debate.


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